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Recomendaciones para coberturas periodísticas sobre vacunación de niños, niñas y adolescentes contra el COVID-19

La Defensoría del Público, en línea con su misión de promover, difundir y defender el Derecho a la Comunicación democrática de las audiencias de los medios de comunicación audiovisual presentó una serie de sugerencias y un glosario con el objetivo de garantizar el acceso a una información rigurosa sobre las vacunas que previenen el Covid-19 en niños, niñas y adolescentes.

Compartimos las principales sugerencias:

1 –Niñas y niños con pleno derecho a la salud

Las coberturas deben tener como punto de partida que niñas, niños y adolescentes son titulares plenos del derecho a la salud, como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño, que tiene rango constitucional. Los Estados asumen responsabilidades específicas al respecto, lo que incluye la atención sanitaria preventiva. Este principio central organiza el contexto legal y es indispensable que sea conocido por las audiencias.

2- La información permite el acceso a los servicios de salud

La información sobre el conjunto de las medidas sanitarias de prevención y las condiciones y lugares de aplicación de las vacunas a niñas, niños y adolescentes es un servicio que las audiencias necesitan y esperan de los medios de comunicación en todos sus formatos. Datos precisos y transmitidos con claridad, separados de otros formatos, como la opinión, contribuyen por lo tanto al acceso a los servicios de salud.

3- Derecho a la información para niñas, niños y adolescentes

Como en todos los temas de la agenda periodística, pero con énfasis en este que concierne al cuidado de la salud, chicas y chicos tienen derecho pleno a acceder a la información, igual que las y los adultos. Por lo tanto, es necesario que la difusión del tema se realice en lenguaje comprensible, acorde con la experiencia y los niveles de desarrollo, que les permitan conocer las vacunas eficaces contra COVID-19 y en qué períodos y lugares la autoridad sanitaria dispone la aplicación.

4- Nuestras leyes y la autonomía progresiva

El derecho de los niños, niñas y adolescentes al cuidado de su cuerpo y su salud está consagrado en la normativa argentina. Entonces, a partir de los 13 años todas las personas tienen derecho a decidir sobre su vacunación y es necesario difundirlo entre la población en general, y entre las personas de esa franja de edad para que se garantice. Este principio se corresponde con la noción de autonomía progresiva que implica adoptar decisiones según el grado de desarrollo y madurez por parte de niños, niñas y adolescentes.

5- Las vacunas como protección para toda la población

La vacunación habitual de niñas, niños y adolescentes está dispuesta por la Ley 27.491 de Control de enfermedades prevenibles por vacunación. Ante la pandemia, además de darles la protección a la que tienen derecho, la vacunación de chicos y chicas es indispensable para que el país consiga la inmunidad comunitaria ante el virus COVID-19. La aplicación de dosis a chicas y chicos necesita ser tratada como aspecto central de las políticas sanitarias a pesar de la presunción de que, según las variantes del virus que circulan en el país, niñas, niños y adolescentes corren menos riesgo de enfermarse. Todas las personas tienen derecho al acceso a la vacuna y las evoluciones veloces del virus en el mundo demuestran la importancia de la inmunidad
individual y comunitaria.

6– Fuentes especializadas

Las medidas sanitarias generales y las referidas a la pandemia y vacunación requieren conocimientos específicos. Es necesario que las coberturas cuenten con fuentes científicas especializadas, en este caso sobre la salud de niñas, niños y adolescentes. La difusión de situaciones que pongan en discusión la aplicación de vacunas a personas menores de edad demanda un alto nivel de rigor científico y especificidad.
Se recomienda evitar la difusión de opiniones que no estén basadas en evidencias científicas.

7- La imagen de las niñas, niños y adolescentes y su derecho a la intimidad

Vacunarse es una acción de preservación de la salud personal y a la vez, de responsabilidad colectiva. Las imágenes de las personas que se vacunan son un estímulo para otras que puedan tener dudas a raíz de información sin base científica. Sin embargo, en todos los casos, pero en especial cuando se trata de chicas y chicos, es necesario el consentimiento previo y que comprendan con anticipación lo que significa intervenir en un medio de comunicación.

8 – La potencia de la comunicación entre pares

Los testimonios de niñas, niños y adolescentes que se vacunan son especialmente valiosos, ya que sus expresiones pueden tener llegada directa a sus pares y ser más efectivas que discursos de adultos y adultas. Con la obtención del consentimiento descripto en el punto 7, es apropiado permitir que se expresen por su cuenta, con su lenguaje, y que las y los adultos no hablen en su nombre.

9 – La vacunación no es un acto de valentía o coraje

Especialistas en niñez y adolescencia desaconsejan completamente el llamado a la población a vacunarse mediante imágenes que inspiren temor o rechazo, como agujas y jeringas que parecen amenazantes. En el caso de niñas y niños, la exposición mediática del llanto o gestos de temor representa una vulneración a su intimidad, además de constituir un mensaje que puede desalentar a sus pares. Por lo mismo, la definición de la aplicación como un acto de valentía o coraje la reviste de un halo de excepcionalidad o crea la idea falsa de necesidad de dotes extraordinarias.

10- Promover el calendario nacional de vacunación

La crisis causada por la pandemia creó exigencias extraordinarias al sistema de salud y afectó múltiples actividades y servicios. El Ministerio de Salud de la Nación advierte un descenso progresivo de las coberturas nacionales de vacunación de niñas, niños y adolescentes, profundizado a partir de la pandemia. Una cobertura periodística atenta a esta situación y la difusión de información sobre el calendario nacional de vacunación gratuito y obligatorio contribuirá a su cumplimiento. También lo hará informar que las aplicaciones de las vacunas de ese calendario pueden ser simultáneas a las de COVID, y no es necesario esperar un intervalo entre una y otras.

Para más información: file:///Users/usr/Downloads/Recomendaciones-Vacunacio%CC%81n-y-Nin%CC%83ez.pdf